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COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ - CPPP

El Legítimo, Histórico y Autónomo COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ - CPPP fue fundado el 17 de Febrero de 1968 con Resolución Ministerial R.M.4147/68-ED y creado con la Ley N° 25231 el 07 de Junio de 1990 como Institución Autónoma de Derecho Público Interno, con Personería Jurídica, representativa de los Profesionales de la Educación del Perú.

 

EL COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERU - CPPP tiene representación a nivel Nacional y Regional. La sede del Consejo Nacional del Colegio de Profesores del Perú está ubicada en la ciudad de Lima y las sedes de los Colegios Regionales estan ubicadas en cada región del Perú.

 

EL COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERU - CPPP tiene como ámbito de acción a los Profesores Profesionales de la Educación, activos o inactivos, hábiles para el ejercicio docente en instituciones del sistema educativo peruano, en sus distintos niveles, modalidades y variantes.

 

La función del COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERU - CPPP es brindar a sus miembros Profesores de Educación Colegiados, los servicios profesionales, culturales y de defensa en el cumplimiento de las normas éticas y deontológicas de la profesión, así como de las demás normas legales pertinentes.

 

 

LEY N° 25231

LEY DE CREACIÓN DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO;

EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

 

El Congreso de la República del Perú ha dado la Ley siguiente:

 

 ARTÍCULO 1°-. Créase el Colegio Profesional de Profesores del Perú, como institución autónoma de derecho público interno, con personería jurídica, representativa de los Profesionales de la Educación.
Su sede es la ciudad de Lima, y queda autorizado para establecer colegios regionales, los que estarán regulados por el Estatuto respectivo.  

 

ARTÍCULO 2°.- Para ser miembro del Colegio Profesional de Profesores del Perú se requiere poseer el título correspondiente otorgado por una universidad del país, o revalido si es que el titulo ha sido otorgado por universidad extranjera.

 

 ARTÍCULO 3°.- La colegiatura es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión magisterial de conformidad  con el artículo 33° de la Constitución.

 El Ministerio de Educación, en convenio con las universidades del país facilitará a los docentes en, servicio el acceso al título universitario magisterial a fin de permitir su incorporación al Colegio Profesional de Profesores, cumpliendo una currícula especial.

 

 ARTÍCULO 4°.- Son fines del Colegio Profesional de Profesores del Perú.  

a) Velar por el cumplimiento de las normas éticas y deontológicas de la profesión;

b) Contribuir al desarrollo de la educación como ciencia y como proceso, en la forja de una cultura nacional, cooperando con el Ministerio de Educación, con los demás Poderes del Estado y con las instituciones pedagógicas-educativas, científicas, sociales, técnicas y de investigación;

c) Mantener coordinación con entidades del país y del extranjero vinculadas a la educación;

d) Organizar certámenes nacionales internacionales, tendientes al perfeccionamiento y actualización profesional ya la investigación y fomento educativo-cultural;

e) Absolver consultas sobre asuntos educacionales, culturales y de ética profesional que le fuesen requeridas;

f) Otros que establezcan su Estatuto.

 

 ARTÍCULO 5°.- Constituyen rentas y bienes patrimoniales del Colegio Profesional de Profesores del Perú:

Las Cotizaciones de sus asociados;

Las do naciones y legados que reciba;

Las rentas que produzcan sus bienes y actividades d) Las que señale el Estado; y

Otras que establezcan su Estatuto.

 

ARTÍCULO 6°.- La organización, funcionamiento y demás aspectos institucionales del Colegio Profesional de los Profesores del Perú, se establecen en el Estatuto respectivo.

 

 DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

 Primera.- Constitúyase una Comisión encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Profesores del Perú, integrada por los delegados:

- Tres del Ministerio de Educación, uno de los cuales la presidirá;

- Tres docentes de las Facultades de Educación de las universidades del país designados por la Asamblea Nacional de Rectores, uno de Lima y dos de provincias:

- Tres de las Organizaciones Magisteriales; y,

- Dos de la Asociación Nacional de Directores de Educación del Perú.

               

El Ministerio de Educación, queda encargado de realizar las acciones correspondientes para el cumplimiento de esta disposición.

 

 Segunda.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Ley, los graduados en institutos pedagógicos y escuelas normales en los niveles no universitarios, así como otros profesionales universitarios que se encuentran ejerciendo la docencia, pueden seguir ocupando dichos cargos de acuerdo a la legislación vigente.

 

 Tercera.- El Estatuto será aprobado mediante decreto supremo en el término de noventa días calendario a partir de la vigencia de la presente Ley.

 

Comuníquese al Presidente de la República para la promulgación.

 

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo de mil novecientos noventa.

 

HUMBERTO CARRANZA PIEDRA
Presidente del Senado

 

LUIS ALVARADO CONTRERAS
Presidente de la Cámara de Diputados

 

RUPERTO FIGUEROA MENDOZA
Senador Primer Secretario

 

JORGE SANCHEZ FARFAN
Diputado Primer Secretario

 

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

POR TANTO:

              

Mando se publique y cumpla.

               

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de junio de mil novecientos noventa.

               

ALAN GARCIA PEREZ
Presidente Constitucional de la República

               

MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE LA MATA
Ministra de Educación

 
 

DECANO NACIONAL Y MIEMBRO FUNDADOR DEL

COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ - CPPP

DR. LUIS PALACIOS REYES

Luis Palacios Reyes, con títulos de Profesor en Educación Primaria y Educación Secundaria en las especialidades de Matemáticas y Física, con más de 30 años de servicios tanto al Estado como a la entidad privada. Al fundar el Colegio en 1968 expresó: "El Estado Peruano  jamás ha retribuído o compensado a los trabajadores como debe ser; desde tiempos remotos el Magisterio siempre ha estado marginado;  en toda América Latina es la profesión que siempre ha recibido el haber más bajo; actualmente el sueldo de un profesor que ingresa al servicio del Estado no es más de 200 soles; por ello el profesor nunca va a estar en el sitial que debe encontrarse; pues, también tiene que dedicarse a una función o actividad colateral ajena a su vocación docente". Este fue el problema  por lo que un grupo de jóvenes recién egresados de la escuela normal en 1966, aprovechando las vacaciones del mes de marzo, vinieron a Lima y dijeron, “porqué están  así”, "porqué viven marginados" y reflexionaron: “El Colegio de Médicos, vela por los médicos; el Colegio de Abogados, vela por los abogados; entonces porqué no hay un Colegio de Profesores."

 

Al respecto, el investigador y profesor universitario de filosofía Dr. Oracizio Ranmuni Díaz, en su libro "Deontología del Educador" - Editorial Publicaciones UNFV 2000, relata parte de la "Historia del Colegio de Profesores del Perú" escrita por la Prof. Nora Salguero Retamozo, de la siguiente manera: "Hubo en ese entonces agrupaciones, que más se dedicaban a la política que a la defensa del profesorado. Al ver la realidad del pueblo, se dieron cuenta que si ellos no se preocupaban ni velaban por su misma profesión, nunca los profesores destacarían ni ocuparían cargos públicos y/o privados que les corresponde. Entonces, este grupo de jóvenes se puso un reto, el de hacer funcionar "El Colegio de Profesores del Perú".   El 3 de abril de 1968 juramentaron en la casa de la Cultura, en jirón Ancash, que fue el primer lugar donde empezaron como Asociación Civil.

 

Funcionó el Primer Colegio de Educadores Primario del Perú, todos eran profesores de primaria con título a nombre de la Nación. Obtuvieron una Resolución Ministerial 4781, firmado por José Jiménez Borja, Ministro de Educación de ese entonces, reconociendo el Colegio de Educadores.

 

Posteriormente se da la  Resolución Ministerial 4861 por El cual se oficializa El Primer Congreso Bolivariano de Pedagogía Científica y Experimental que se desarrollaría en Lima, en Julio de 1969, en este Congreso se acordó la denominación de "Colegio de Educadores del Perú" porque todas las especialidades tenían que integrarse, pues no podían estar divididos. Esto funcionó hasta 1978, en el transcurso de estos años se enviaron diversos oficios.

 

En 1978 se acordó llamarle "Colegio de Profesores del Perú" nombramiento que fue reconocido por OttoEléspuro, siendo Ministro de Educación de ese tiempo.

 

Se realizaron una serie de proyectos, entre los cuales está el proyecto de ley realizado por Andrés Cardó Franco, pero dicha ley no salió.

En la época del APRA se siguió insistiendo, y fue con Mercedes Cabanillas que la Ley salió el 7 de junio de 1990 y se publica en El diario "El Peruano", el día 11, nombrándolo como "Colegio Profesional de Profesores del Perú", y con una disposición transitoria, decía que debe crearse El Estatuto del Colegio de Profesores, el cual debe ser aprobado por Decreto Supremo.

 

Posteriormente Gloria Helfer,  como Ministra de Educación designada por El SUTEP; no quiso saber nada del Colegio de Profesores, pues si éste llegaría a funcionar real y legalmente, le quitaría espacio al SUTEP; esto quiere decir, que a dicha institución no le conviene la creación del Colegio de Profesores.

 

La ley está creada pero está en manos de los propios profesores hacerla cumplir. En 1993 cuando estaba en el cargo de Ministro Varillas Montenegro, tampoco se consiguió nada, a pesar de las constantes reiteraciones mediante oficios que se le enviaba cada dos meses".

Luego se presenta otro Proyecto de Ley que se envía al Congreso, estaba con informe favorable por Rafael Rey, pero a nivel del Congreso no salió nunca, pues por única vez se pedía que se incorpore a los profesores con título a Nombre del Ministerio deEducación. Pero a mucha insistencia sale, pero deberán estudiar un año PROCADE (Programa de Complementación Académica) en las universidades del país, para que así se puedan incorporar.

 

Luego mediante una Carta Notarial, de acuerdo a la Ley de simplificación administrativa 23085, se le daba un plazo de 48 horas para que se dé el Decreto Supremo que aprobaba el Estatuto del Colegio de Profesores, aprobado en Asamblea, el cual no se dió".

Se espera entonces conformar en todos los lugares del país el Colegio de Profesores, como lo está en Huánuco, Arequipa, Cerro de Pasco, Puno etc.,  para así hablar con el Ex-presidente Fujimori quien dió la última orden de que no se otorgara dicho Decreto Supremo para la creación definitiva del Colegio de Profesores.

 

La población magisterial actualmente es de 200 mil personas, de darse la creación definitiva del Colegio de Profesores, el próximo siglo saldría de Presidente un profesor, y por consiguiente la situación del país cambiaría.

Lo que busca el Colegio de Profesores del Perú es la cautela de su código de ética, o sea la moral, definiendo sus aspectos deontológicos que los profesores trabajen a dedicación exclusiva, es decir a tiempo completo, no a medio tiempo, es decir 40 horas cronológicas correspondientes a 48 horas pedagógicas, como funcionó hasta el año de 1963."

 

En conclusión, lo que falta es que todos los profesores titulados y los que están por titularse, hagan grande esta institución para que así el Colegio Profesional de Profesores funcione y la situación del país en general cambie para bien y mejor.

 

BIOGRAFÍA DEL DR. LUIS PALACIOS REYES

DECANO NACIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ

Nació en el Distrito de San Pedro de Chaná, Provincia  deHuari,Departamento de Ancash el 21 de junio de 1945. A  los  pocos meses de nacido  fue traído a la  Provincia Constitucional del Callao, donde creció en el Fundo Chacra Alta, luego residió en el distrito de Breña, estudió en 1952 transición en la escuelita de la calle  Restauración, continuando después  en la escuela N° 4371 de Jesús María, para  concluir la Primaria en la Escuela Andrés Bello de Magdalena en 1957, fue alumno de la G.U.E. "Bartolomé Herrera" donde terminó sus estudios de Secundaria en 1962, integrando la Promoción José Carlos Mariátegui. En 1960 logró ser Campeón Nacional del Concurso Interescolar "Quien estudiatriunfa" organizado por el Canal 4 América TV dirigido por el Prof. César Chávarry Neyra.

 

En 1963 estudió Medicina en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, estudios que no pudo concluir  por tener que trabajar como docente en una escuela de San Martín de Porres en 1964, recibiéndose de Profesor de Educación Primaria en el Instituto Superior de Formación Magísterial de la Victoria en 1966 y de Profesor de Educ. Secundaria en la Especialidad de Física y Matemática en la Universidad Nacional Federico Villarreal, donde también estudió la carrera de Derecho y Ciencias Políticas integrando la Promoción 1977 "Romualdo Biaggi" optando el Título de Abogado para luego registrarse en el CAL como miembro activo N° 8845. Realizó estudios de Post Grado en la Universidad Nacional de Buenos Aires-Argentina.

 

En 1964 fundó el Colegio Nacional Jorge Chávez de Santiago de Surco, y trabajó como profesor en diversos colegios del país, entre ellos el Colegio Guillermo Billinghurt de Barranca, Escuela 395 de Andajes - Cajatambo, Colegio Militar Leoncio Prado de la Perla - Callao, GUE. Carlos Wiesse de Comas, Colegio Nacional José Granda de San Martín de Porras, Escuela San Martín de Porras, Colegio 1150 de Mirones Bajo, SubDirector del Colegio Nacional Nuestra de Guadalupe de Lima, Director  y Promotor del Instituto de Capacitació Técnica "San Luis", Promotor y Director del Centenario Colegio Lima San Carlos; fundador, Director y Promotor del Instituto Superior Tecnológico "LIMA"; Inspector de la USE.0; Asesor Legal de la Dirección Departamental de Educación de Lima y Asesor de Asuntos Laborales de la Alta Dirección del  Ministerio de Educación. Cesó en la Administración Pública en 1992.

 

Ha sido Profesor Universitario en la Universidad Garcilazo de la Vega. Promotor de diversas asociaciones culturales, educativas y de investigación. Creador y Fundador del Colegio Profesional de Profesores del Perú, del cual actualmente es su Decano Nacional. 

 

Es autor del lema del CPPP: "EDUCAR ES GOBERNAR Y GOBERNAR ES EDUCAR CON VALORES SUPREMOS".

 

Es autor de los siguientes libro: "Educación Itinerante", que es considerado proyecto educativo y alternativa de solución al déficit y problemas de Infraestructura educativa en el Sector Educación. Además es autor de otras obras como: "Mitos y Realidades del Profesor Peruano", "Educacionitis y How mach", "Vida y sacrificios de un promotor educativo", "Casos y cosas del Magisterio Peruano", "Añoranzas Estudiantiles", "Nuevo Sistema Educativo Peruano", "La vida no existe tampoco la muerte"; y de diversos artículos periodísticos. 

 

Fue candidato al CCD en 1992, a la Alcaldía de Lima en 1993  y a la Primera Vice-Presidencia de la República en 1995 por el Movimiento Independiente Paz y Desarrollo.

 

Ha viajado a varios países del mundo con el objeto de conocer su  realidad educativa y fundamentalmente a los países americanos y europeos con quienes compara nuestra realidad educativa.

 
 
 
 
 
 
 
 
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